Es común confundir, incluso desconocer que existe una figura de protección de propiedad industrial (PI) llamada modelo de utilidad, y es que, ¿qué realmente puedo proteger por esta figura? ¿ Vale la pena proteger mi invento por el modelo de utilidad? ¿Es lo mismo que una patente? De estos puntos queremos hablarte en este blog.

Empecemos por recordar las tres características principales para que una patente sea concedida:
  • Que el invento sea nuevo. Es decir que no haya algo exactamente igual a mi invención publicado en cualquier parte del mundo.
  • Contar con actividad inventiva. En otras palabras que tu desarrollo haya surgido de la investigación y creatividad y no sea algo “obvio” para un experto en el mismo campo tecnológico donde tu invento se encuentra.
  • Contar con aplicación industrial. Es decir que tenga un uso.
Reclamo de prioridad
doble patentamiento

Bien, la gran diferencia de un modelo de utilidad respecto a la patente es que un modelo, sólo tiene que contar con las características de ser nuevo y tener aplicación industrial. Esto le da ventajas y desventajas. Por un lado, las ventajas son que:

  • Se facilita su concesión. Durante el examen técnico que realiza la oficina de patentes (para México IMPI), sólo revisará que no exista algo exactamente igual a tu invento. Pueden existir desarrollos similares, sin embargo, si tu invento tiene diferencias y ventajas frente a estos, sigue cumpliendo la característica de ser nuevo. Esto contrasta con una patente cuyo examen es mucho más estricto y riguroso, porque además debe cumplir con actividad inventiva.
  • Otra ventaja es que, es más económico que una patente.

La desventaja es que el tiempo de vigencia es menor. En México es de sólo 15 años, contra la patente que es de 20 años, además pocos países tienen esta protección (…).

¿Qué se protege por modelo de utilidad?

Principalmente equipos, maquinarias, herramientas, entre otros objetos siempre y cuando tengan una ventaja técnica.

Y si te lo estabas preguntando… No, un modelo de negocio no se protege por modelo de utilidad, tampoco un sistema o proceso.

Inventores, investigadores y PYMES son principalmente los que  adaptan y generar tecnología para el uso interno de sus empresas o laboratorios. Casi todas estás adaptaciones se pueden proteger por esta figura, sin embargo la falta de conocimiento en la existencia de esta protección, así como el desconocimiento en la inversión que representa contar con activos de está naturaleza y en su explotación, dan como resultado la subvaloración de esta figura.

Por ejemplo, ¿Sabías que en México el 23% de las MIPYMES adaptan tecnología y aparatos para la misma empresa? El 5.5% de ellas las vende, pero sólo el 9% realmente registra su Propiedad Intelectual. (Enaproce 2018).

Contar con protección por modelo de utilidad para esas adaptaciones y aparatos que se generan en pequeños laboratorios y PYMES facilita incluso vender está maquinaria (equipos, objetos, herramientas, etc.) a otras empresas.

Existen empresas que pueden estar dispuestas a pagar por usar tu modelo de utilidad, estar en otro sector industrial y darle un uso distinto al que tú le das. Esto se puede realizar mediante acuerdo de licenciamiento de tu modelo de utilidad.

En conclusión una protección por modelo de utilidad, no tiene que ser un súper invento que de origen a innovaciones disruptivas, basta con ser mejoras que se realizan para obtener resultados mucho más eficientes.

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